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Ministra del Medio Ambiente: En Chile se puede invertir, pero de manera sustentable

>> lunes, 28 de enero de 2013


Fuente: Sustentare

La ministra del Medio Ambiente, María Ignacia Benítez, aprovechó el encuentro de la IV Cumbre Empresarial Celac-UE, para destacar la nueva institucionalidad ambiental con la que cuenta el país, la cual se completó a fines de 2012.

"En Chile sí se puede invertir, pero queremos que esa inversión sea de manera sustentable, y eso implica que el proyecto tiene que conjugar el crecimiento económico, el cuidado del medio ambiente y la equidad social", advirtió.

La titular de Medio Ambiente aprovechó además de referirse al nuevo reglamento de sistema de evaluación de impacto ambiental, que ya fue ingresado a la Contraloría General de la República.

"Este reglamento es muy importante porque, entre otras cosas, regula la consulta indígena en el sistema de evaluación de impacto ambiental y establece una serie de reglas que apuntan a disminuir las discrecionalidades del sistema", enfatizó.

Además, la ministra hizo un llamado a los titulares de proyectos empresariales a preocuparse por los impactos significativos de sus inversiones, asegurando que "fallar en la definición de los impactos, es fallar en la evaluación".

Explicó que si los casos de estudio no le prestan atención a los impactos más significativos, "le quitan legitimidad al proceso de evaluación, principalmente porque esos impactos emergen desde la ciudadanía en etapas más avanzadas de la misma, lo que las atrasa y las complejiza". concluyó.

Fuente: Sustentare

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Superintendencia del Medio Ambiente afina su puesta en marcha

>> lunes, 3 de diciembre de 2012


Fuente: Diario Financiero

El 28 de diciembre debería comenzar a operar el Tribunal Medioambiental de Santiago. Y ese será el puntapié inicial de la nueva institucionalidad en esta área y gatillará el inicio de las funciones de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA).

Esta última entidad ejercerá la labor fiscalizadora en esta materia y tendrá como objetivo ejecutar, organizar y coordinar el seguimiento y fiscalización de las Resoluciones de Calificación Ambiental (RCA), así como de las medidas establecidas por los planes de prevención y de descontaminación. Además, tendrá a su cargo la supervisión del contenido de las normas de calidad y de emisión, así como de todos aquellos instrumentos de carácter ambiental que establezca la ley.

Hasta el momento, la superintendencia cuenta con 19 fiscalizadores a lo largo del país y ya ha pedido la entrega de información de alrededor de 10 mil proyectos que cuenten con resoluciones de RCA.


Organización 


La SMA oficiará a comienzos de cada año a cada uno de los servicios técnicos de Estado que considere con una competencia ambiental relevante (como el SAG, Sernageomin y Sernapesca, por ejemplo), los cuales a su vez le informarán sus prioridades en materia de fiscalización.

Con esa información en mano, la SMA hará un estudio de priorización de los temas relevantes y resguardará la coordinación entre organismos con el fin de evitar una eventual duplicidad de funciones. Y una vez cumplida esa etapa, realizará el programa de fiscalización anual que se hará público todos los años.

Ahora los ejes estratégicos del nuevo ente fiscalizador son la calidad del aire y agua; los sistemas de vida de las personas y el patrimonio medioambiental.


Infracciones y sanciones


La nueva institucionalidad contempla tres tipos de infracciones: leves, graves y gravísimas.

Para las primeras, las sanciones van desde una amonestación por escrito hasta multas de 1 a 1.000 UTA (de $ 479 mil a $ 479,5 millones).

En tanto, las circunstancias que se califican como infracción grave son los daños ambientales reparables, los riesgos significativos a la salud de la población, las negativas a entregar información exigida por la SMA y las reiteraciones persistentes de una misma infracción leve, entre otras. Y las sanciones van desde la revocación de la resolución de calificación ambiental a la clausura temporal o definitiva, y multas de hasta 5.000 UTA ($ 2.397.960.000).

Por su parte, la entidad considerará como sanciones gravísimas aquellas faltas que impliquen daño ambiental no reparable, que afecten gravemente la salud de la población, así como la entrega de información falsa u ocultamiento para encubrir la infracción gravísima e impedir deliberadamente la fiscalización, entre otras. Para estos casos, los castigos contemplados son la revocación de la RCA, la clausura temporal o definitiva y multas por hasta 10.000 UTA ($ 4.795.920.000).


Plan de cumplimiento


Una vez que la SMA haya formulado cargos en contra de una empresa o proyecto, estos últimos tendrán un plazo de 10 días para presentar un plan de acciones y metas, para así cumplir las exigencias infringidas dentro de un plazo. Si lo anterior se cumple satisfactoriamente, el organismo pondrá término al procedimiento sancionatorio. En caso contrario, reiniciará el proceso aumentando la sanción respectiva.


La figura de la autodenuncia


La nueva instucionalidad también contempla la figura de autodenuncia. Esta implica, por ejemplo, que una empresa podrá acercarse a la SMA (antes de que ésta inicie la investigación) y comunicarle que está cometiendo una infracción entregando información precisa, para así poner fin a las infracciones y reducir o eliminar los efectos negativos. Si todo esto se cumple, podrá obtener una exención de la multa.


Exigencias de reparación


Una vez finalizado el procedimiento administrativo sancionatorio, el sistema establece como paso siguiente un plan de reparación con la propuesta de objetivos y medidas para subsanar el daño ambiental. Para esto, se fijará un plazo acompañado de un estudio técnico ambiental que será evaluado por el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA). Si esto se cumple, se extingue la responsabilidad de daño ambiental de la empresa, proyecto u organismo. En caso contrario, se remitirán los antecedentes al Consejo de Defensa del Estado para ejercer acciones ante los Tribunales Ambientales.

Fuente: Diario Financiero

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Comisión de Recursos Naturales aprueba nuevos tribunales ambientales

>> lunes, 20 de diciembre de 2010


La Comisión de Recursos Naturales, Bienes Nacionales y Medio Ambiente de la Cámara de Diputados aprobó por unanimidad el proyecto de ley que crea los tribunales ambientales. Así lo dio a conocer el diputado de Renovación Nacional y presidente de la Comisión, Leopoldo Pérez Lahsen.

“Como parlamentario y presidente de la Comisión quiero agradecer a todas las diputadas y diputados que la integran, por haber despachado en tiempo récord el proyecto de ley que crea los tribunales ambientales de carácter contencioso administrativo”, indicó.

El diputado Pérez agregó que “este es el cuarto elemento que permitirá concretar la institucionalidad medioambiental. Es decir, contamos con un Ministerio, una Superintendencia, con un Servicio de Evaluación de Impacto Ambiental y finalmente los Tribunales Ambientales que estamos aprobando ahora”.

Tras esto, el parlamentario destacó “el profundo compromiso del Gobierno del Presidente Piñera por respetar y preservar el medio ambiente”.

“Si bien el proyecto original contemplaba solamente la creación de un tribunal en Santiago, se adicionaron dos tribunales más, uno en Antofagasta y otro en Valdivia, con el fin de resguardar la calidad de vida de las personas y resguardar la protección del medioambiente como una problemática nacional y no tan sólo una realidad que afecta la capital”, explicó.

Finalmente, el diputado RN indicó que “el proyecto ahora continúa su segundo trámite legislativo en la Comisión de Constitución; en donde tenemos la plena seguridad que debido a la importancia de su contenido, se discutirá con la misma prontitud con que lo hemos discutido nosotros. Estas son materias que responden a un interés nacional y por lo tanto no tienen color político”.

Fuente: Sustentable.cl

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